1. Legalización de documentos emitidos en España

2. Legalización de documentos emitidos en Guatemala

NOTA IMPORTANTE: El acuerdo más relevante en esta materia vigente en la actualidad es el Convenio de la Haya nº XII, el cual desde 5 de octubre de 1961, suprime de la Exigencia de Legalización en los Documentos Públicos Extranjeros más comúnmente llamado Convenio de la Apostilla. Desde el 18 de septiembre de 2017 Guatemala forma parte de dicho Convenio.

Numerosos países se han adherido a este tratado que simplifica los trámites para el emisor y el receptor. Este texto prescribe que entre Estados miembros no será necesaria la legalización para el reconocimiento mutuo de documentos, aunque sí un sello o apostilla. Quien necesite obtenerlo, debe informarse en el Ministerio de Justicia de España (Calle de la Bolsa, 8. 28071 Madrid Tel. 902.007.214). Ésta es la lista completa de países que han firmado el acuerdo.

Para algunos documentos las autoridades siguen exigiendo la legalización de los mismos. Será responsabilidad del interesado informarse si el documento que debe presentar ante las autoridades guatemaltecas debe ser apostillado o legalizado.

LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS EMITIDO EN ESPAÑA:

Todo documento emitido en España para que surta efectos legales en Guatemala deberá de ser legalizado por diferentes instituciones, según el tipo de documento:

Documentos Notariales (poderes, mandatos y autorizaciones notariales, etc.)

  • Colegio Notarial de la Comunidad autónoma correspondiente (donde esté colegiado el notario que firma el documento)
  • Ministerio de Justicia
  • Ministerio de Relaciones Exteriores y de Cooperación de España
  • Embajada de Guatemala en España

Documentos Judiciales y de Registro Civil (Certificados de nacimiento, soltería, matrimonio, antecedentes penales, dictámenes judiciales, etc.)

  • Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma correspondiente
  • Ministerio de Justicia
  • Ministerio de Relaciones Exteriores y de Cooperación de España
  • Embajada de Guatemala en España

Documentos Mercantiles (Certificados de origen, certificados de libre venta, facturas de empresa y un gran número de documentos comerciales.)

  • Los relativos a exportaciones deberán ser legalizados por: la Cámara de Comercio de la provincia correspondiente y, posteriormente, el Consejo Superior de Cámaras de Comercio,  Industria y Navegación (C/ Ribera del Loira 12 – 28042 Madrid. Tel: 91 590 69 00).
  • Los documentos bancarios pueden  ser legalizados por diversas entidades. Si han sido emitidos por el Banco de España, el trámite puede efectuarse en cualquiera de sus sedes (consultar lista). Aquellos emitidos por entidades bancarias de ámbito nacional pueden legalizarse en los servicios centrales de este banco o su sucursal en Madrid o en el Banco de España. Por último, los emitidos por bancos de ámbito local sin servicios centrales en la capital tienen la opción de legalizarse en las delegaciones provinciales del Banco de España. Para los documentos bancarios también existe la vía notarial.

En todos los casos, los documentos mercantiles deberán pasar siempre por la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (c/ Juan de Mena, 4 – 28071 Madrid. Tel: 91 379 16 55) y, en último lugar, a la representación diplomática o consular acreditada en España del país en el cual vaya a surtir efectos el documento.

Para más información sobre legalizaciones en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España:

http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/SiEstasEnElExtranjero/Paginas/Legalizaciones.aspx

https://sede.maec.gob.es/es/MenuPpal/informacion/sinregistro/Paginas/citaprevialegalizaciones.aspx

Para legalizar en la Embajada de Guatemala en España:

Venir legalizado previamente por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España.

El horario de recepción y entrega de legalizaciones es de 10:00 a 13:30 horas y el trámite tiene una duración de dos días hábiles.

NO SE ACEPTARÁN LEGALIZACIONES FUERA DE HORARIO.

NO SE TRAMITAN LEGALIZACIONES URGENTES

La tasa es de 10 € por documento a legalizar, los cuales se pagan en efectivo al momento de dejar el documento en la Embajada.  (Se ruega abonar el importe exacto, la Embajada no se hace responsable de tener cambio)  

LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS EMITIDOS EN GUATEMALA:

Antecedentes Penales emitidos por el Organismo Judicial deben estar legalizados por:

  • Organismo Judicial
  • Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala
  • Embajada de España en Guatemala

Documentos de Registro Civil (Partidas de nacimiento, certificado de soltería y de matrimonio) documentos emitidos por RENAP deben estar legalizados por:

  • Registro Nacional de las Personas
  • Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala
  • Embajada de España en Guatemala

Para mayor información visite el siguiente link: http://www.minex.gob.gt/Visor_Pagina.aspx?PaginaID=43